miércoles, diciembre 6, 2023
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El Ayuntamiento de Barcelona sanciona a dos inmobiliarias por no ofrecer alquiler social

El Ayuntamiento de Barcelona ha sancionado a dos empresas inmobiliarias por desahuciar de sus viviendas a familias por impago y no haberles ofrecido a cambio la opción de un alquiler social. Se trata de la primera sanción efectuada por el consistorio barcelonés que cumple con las disposiciones de la ley de la vivienda que aprobó el Parlament de Cataluña en 2015.

Edificios en Barcelona

La ley catalana obliga a que los grandes propietarios de viviendas deban solicitar información a las familias amenazadas por un desahucio en sus propiedades, comunicarlo al Ayuntamiento de Barcelona y ofrecer una alternativa de alquiler social antes de iniciar cualquier procedimiento judicial.

El Ayuntamiento de Barcelona ha reubicado a las dos familias que se encuentran en riesgo de exclusión social en la zona de Torre Baró. El consistorio ha abierto un expediente sancionador a las dos empresas y las multas previstas en la ley pueden alcanzar los 90.000 euros.

Ambas inmobiliarias son sancionadas por no cumplir la Ley 24/2015, con la que el Gobierno catalán quiere afrontar los casos de emergencia en cuestiones de vivienda y pobreza energética. La ley contempla que las empresas propietarias de inmuebles están obligadas a ofrecer un alquiler social alternativo a las familias cuando no puedan abonar los alquileres o sus cuotas hipotecarias

Según fuentes del propio ayuntamiento, la Unidad Contra la Exclusión Residencial, dependiente del consistorio barcelonés también detectó en las últimas semanas el caso de una empresa que alquilaba segmentos de una propiedad a unas diez familias. Partes de la finca que la empresa había compartimentado bajo un criterio de interés comercial y que no superaban los 15 metros cuadrados. La vivienda alquilada no reunía condiciones de habitabilidad.

La multa por este concepto, según también fuentes municipales, puede alcanzar los 900.000 euros. El Ayuntamiento de Barcelona ha abierto de manera paralela un expediente de declaración de la condición de infravivienda para esta finca con la intención de que no vuelva utilizarse como residencia.

Torre Llobeta y Vilapicina

En otras inspecciones municipales efectuadas en las zonas de  Torre Llobeta y Vilapicina en Barcelona también se detectó un local comercial habilitado para viviendas que tampoco reunía condiciones. La propiedad se había dividido igualmente en espacios de aproximadamente 15 metros cuadrados y  los vecinos disponían de rincones que eran usados como aseos y como cocinas. Algunos de estos espacios se habían ubicado en patios interiores o en la zona de la azotea, estaban cerrados con muros de obra o ladrillos y techados con cubiertas planas.

En la inspección se detectó, además, que la infravivienda recibía electricidad del exterior y que contaba con dos contadores para la luz. Uno estaba relacionado con el suministro al local situado en la planta baja y el otro funcionaba para el resto de espacios de las viviendas. Las conducciones eléctricas subían desde la calle siguiendo el recorrido de las del agua, lo que suponía un riesgo extra para la seguridad de los residentes y para la del inmueble. Los alquileres de los espacios de esta infravivienda ascendían a 400 ó 500 euros según las condiciones de cada uno.

Dos casos más, documentados también por el Ayuntamiento de Barcelona, están relacionados con sendos vecinos del barrio del Carmel y de Horta, que fueron demandados por una inmobiliaria al no haber pagado su alquiler y sin que se les ofreciera alternativas. El consistorio instó, en consecuencia, a que se les propusiera un alquiler social a los vecinos sin que la empresa atendiera en ningún momento las peticiones realizadas por la Administración municipal desde la Concejalía de Vivienda.

Las familias afectadas finalmente fueron desahuciadas y tuvieron que ser realojadas con cargo a los fondos de la Mesa de Emergencias Sociales.

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